1._ Objeto:
Tiene por objeto desarrollar las previsiones del artículo 22 del REBT.
2._Instalador autorizado en baja tensión:
Es la persona física o jurídica que realiza, mantiene o repara las instalaciones eléctricas en el ámbito del REBT.
3._Clasificación de los instaladores:
3.1_Categoría básica (IBTB):
Podrán realizar, mantener y reparar las instalaciones.
3.2_Categoría especialista (IBTE):
Podrán realizar, mantener y reparar las instalaciones más lo establecido para su especialidad.
4._Certificado de Cualificación individual en BT:
Es el documento por el que la administración reconoce a su titular la capacidad de desempeñar alguna de las actividades correspondientes.
Requisitos para su obtención:
a) Encontrarse en edad laboral legal.
b) Conocimientos teórico-prácticos de electricidad.
5._Autorización como instalador en BT:
5.1_Requisitos.
5.2_Concesión y validez.
6._Han de darse de alta en la CC.AA. que vayan a realizar su trabajo.
7._Obligaciones de los instaladores de BT.
lunes, 19 de octubre de 2009
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